Cancelación por el coronavirus: ¿puedo reclamar?

Ante la cancelación de vuelos a Italia que el Consejo de Ministros ha impuesto hasta el 25 de marzo por el coronavirus, son muchos los consumidores que se preguntan si podrán solicitar la devolución del importe de su billete. En una situación similar están los jubilados, quienes han visto como sus vacaciones con el Imserso han sido pospuestas como medida de prevención.

Circunstancias extraordinarias requieren medidas extraordinarias. ¿Pero qué puede ser considerado como “circunstancia extraordinaria”? La Normativa europea del Reglamento 261/2004 recoge que las “circunstancia extraordinaria” son aquellas que “pueden producirse, en particular, en casos de inestabilidad política, condiciones metereológicas incompatibles con la realización del vuelo o riesgos para la seguridad”. Y este es el escenario en el que se encuentran muchos españoles que, ya sea por prohibición o por prevención, han decidido dejar sus vacaciones para otro momento ante la amenaza de contagio y difusión del COVID-19. Si eres uno de los afectados, en Lexdigo te ayudamos con las posibles reclamaciones que puedes emprender ante las cancelaciones.

¿Cómo tengo que actuar si cancelan mi vuelo?

Tal y como apuntamos anteriormente, la normativa europea recoge este tipo de situaciones y medidas para proteger al consumidor. Si tu vuelo ha sido cancelado o ha sufrido reajustes de capacidad, has de saber que no tienes derecho a compensación, pero sí a la devolución del importe o a otra alternativa de transporte hasta el destino final en condiciones comparables, según informa Facua. En caso de reembolso, este debe darse antes de 7 días. Además, si la cancelación no se produce con antelación suficiente, la compañía tiene la obligación de ofrecer de forma gratuita comida y bebida, alojamiento y transporte a hoteles cercanos, y dos llamadas telefónicas, télex, fax o correo electrónico. Lo que las empresas no cubrirán serán las noches perdidas en los hoteles de destino.

¿Y si yo mismo decido cancelar el viaje por precaución?

En una situación como esta, la OMS desaconseja la aplicación de restricciones a los viajes, pero sí recomienda precaución a la hora de viajar e incluso no hacerlo. Por ello, la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) ha solicitado que este tipo de cancelaciones se consideren causa de Fuerza Mayor por miedo a los contagios de coronavirus y que los usuarios tengan el derecho a reclamar el reembolso del billete.

Las personas que contratan paquetes de viaje deben saber que estos sí están protegidos por la Ley de Viajes Combinados, que entró en vigor el pasado mes de diciembre respondiendo a la normativa europea. Esta ley recoge el derecho a resolver el contrato antes del inicio del viaje sin ninguna penalización. La normativa contempla el reembolso del dinero y debe efectuarse en menos de 14 días después de la rescisión del contrato del viaje combinado.

¿Qué derechos tengo sobre la cancelación de mi alojamiento?

En el caso de que también te veas obligado a cancelar tu reserva en un alojamiento, o quieras hacerlo por precaución, debes consultar las condiciones del contrato para saber la política concreta sobre cancelaciones del hotel. Si tienes un seguro de viajes, se incrementan las posibilidades de recibir un reembolso.

Compañías concretas como AirBnB han anunciado que facilitarán las cancelaciones, ofreciendo a los anfitriones recompensas por ser más flexibles en sus condiciones de cancelación ante las circunstancias extraordinarias del coronavirus, además de facilitar el reembolso a los huéspedes. Eso sí, solo si el lugar de partida o de destino están situados en zonas gravemente afectadas o si están condicionados por restricciones oficiales.

Entonces, ¿qué hago?

Desde el Ministerio de Consumo aconsejan consultar las recomendaciones oficiales de cada país antes de decidir si viajar o no. Además, en la Agencia Española de Seguridad Aérea el usuario podrá encontrar la información necesaria sobre las cancelaciones de vuelos y sus derechos. En el caso de solicitar una devolución del importe y no recibir respuesta o que esta no resulte satisfactoria, el consumidor puede presentar una reclamación ante la Agencia Estatal de Seguridad Aérea sin coste alguno.

En Lexdigo te recomendamos que antes de reclamar consultes con un abogado tus condiciones y derechos como usuario. En nuestra plataforma contamos con abogados especialistas en derechos del consumidor. Puedes formular tus dudas a través de un formulario en nuestra web www.lexdigo.com sin ningún coste para ti. Además, solo cobramos cuando tú ganes.

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