tarjeta wizink

Tarjetas Revolving. Qué son y cómo saber si nos han cobrado intereses abusivos.

Las tarjetas revolving son tarjetas de crédito que permiten aplazar los pagos. En lugar de pagar al momento de la compra, o una vez al mes, como suele hacerse con las tarjetas de débito o crédito, puedes pagar a plazos, eso sí, con intereses y bastante elevados por cierto.

Este producto de crédito ha ganado en popularidad gracias a su flexibilidad, porque permiten acceder a compras que de otra manera no podríamos permitirnos. Por la parte de las entidades porque son un producto que le reporta grandes beneficios al rentabilizar el cobro de comisiones. Los intereses a aplicar en una tarjeta revolving pueden alcanzar el 25%, lo que los convierte en usurarios.

Este  26 de febrero los magistrados de la Sala de lo Civil del Alto Tribunal se reúnen  para decidir si los intereses de estos productos financieros son usura o no. Los litigios por los intereses de estas tarjetas de pago aplazado, que funcionan como créditos al consumo con intereses que rondan el 20%, tienen en jaque a entidades como WiZink, que se han especializado en este producto.

La anteriormente sucursal asociada de Banco Popular, que llevó a cabo el grueso de operaciones de tarjetas de Citibank y Barclays en España; financieras de servicios crediticios como Evo Finance, Cetelem y Carrefour, pero también bancos de los de toda la vida como BBVA, Santander y CaixaBank están expectantes de lo que ocurra en el Tribunal Supremo el en poco más de un mes. Todas ellas han visto cómo en los últimos dos años los juzgados están otorgando la razón en amplia mayoría a las demandas de clientes perjudicados por los elevados cargos derivados de intereses, gastos… de estos créditos. Sin embargo, algunas Audiencias Provinciales habían sentenciado en contra del criterio mayoritario y no han considerado “usura” los altos gastos asociados a  las revolving. El Tribunal Supremo tiene ahora que decidir sobre cuál será el criterio mayormente aceptado para decidir sobre estas controversias.

WiZink fue quién primero  interpuso recurso de casación, según adelantó EL PAÍS en noviembre. En junio tenía lugar un primer intento sin éxito de que el Alto Tribunal examinara estos polémicos productos financieros. El recurrente desistió de su recurso de un día para otro y sin mediar explicación. Abogados especializados la materia se aventuraban a declarar hace meses que las entidades bancarias temían una  sentencia desfavorable para sus pretensiones del Supremo y preferían llegar a un acuerdo económico con los clientes que les ganaban en los juzgados.

Al final, WiZink cambió de criterio y ahora serán los  magistrados los que examinarán el caso de E. Q., una mujer de Santander que en 2012 contrató una tarjeta de crédito Visa Citi Oro (actualmente de Wizink), con un interés del 27% TAE. Un Juzgado de primera instancia lo consideró usura en octubre de 2018. Wizink recurrió el fallo y la Audiencia Provincial de Cantabria de nuevo optó por darle la razón a la clienta y dejó sin efecto el contrato basándose en la Ley de Represión de la Usura, una norma de 1908 aún en vigor.

No están siendo buenos tiempos para la Banca, sus productos han sido rechazados por los tribunales como lesivos para los consumidores (con la consecuente reparación al consumidor afectado): cláusulas suelo,  preferentes, hipotecas multidivisa… Ahora el sector está pendiente de las tarjetas con intereses abusivos y del Fallo del Tribunal Supremo. Más adelante la Banca tendrá que enfrentarse a la decisión sobre el índice IRPH hipotecario, del Tribunal de Justicia de la UE.

El recorrido judicial  de las tarjetas revolving empezó con una sentencia del Supremo de 2015 que calificaba de usura un tipo de interés “notablemente superior al normal del dinero y manifiestamente desproporcionado”. En aquel caso, el TAE era del 24,6%, más del doble del tipo de interés medio de referencia en operaciones de crédito a los consumidores.

Los bancos explican que como el Banco de España ofrece estadísticas separadas dentro de los créditos al consumo sin separar los tradicionales y los que se formalizan mediante tarjeta, la comparación del tipo de interés aplicado no debe compararse con los tradicionales (con intereses que rondan el 7%), sino con los de las tarjetas de crédito a plazos (20%).

Wizink es la entidad con más reclamaciones, pero prácticamente la totalidad de entidades bancarias y de crédito tienen este tipo de producto, como el BBVA, Santander, CaixaBank… También las financieras de Alcampo y Carrefour ofrecen estos créditos al consumo mediante tarjeta. En la memoria de Reclamaciones de 2018 el Banco de España señalaba que recibe muchas reclamaciones referidas a estas tarjetas, en las que los clientes pagan cuotas muy pequeñas mes a mes lo que alarga eternamente la devolución de la deuda. El organismo recomendaba en el informe que las entidades mejoren la información que dan a los clientes. Uno de los problemas que detectaron es que las tarjetas vienen con el sistema revolving o de pago aplazado activado por defecto. 

¿QUÉ ES LA USURA? ¿ME HAN COBRADO INTERESES?

El cobro de intereses desproporcionados por un préstamo o alguna operación equivalente a un préstamo monetario se considera usura.

Los intereses de usura o intereses usurarios se aplican a los intereses de una devolución de cantidad de un préstamo.

Si nos vamos a un ámbito jurídico, la usura no solo es un interés desproporcionado sobre un préstamo si no también un precio desorbitado a la hora de pedirlo. Para regular esto se creó la Ley de represión de la usura de 23 de Julio de 1908.

Aunque está ley lleva muchos años en vigor no ha establecido un límite o término claro que determine si un interés es considerado usuario. Este limite hay que deliberarlo en un Tribunal de justicia que son los encargados de aplicar la Ley de Usura.

En una Sentencia de 25 de noviembre de 2015 el Tribunal Supremo, dictó que un interés pactado del 24’6% TAE, es “notablemente superior al normal del dinero y manifiestamente desproporcionado con las circunstancias del caso”, teniendo en cuenta la diferencia entre el interés fijado en la operación y el interés.

Si piensas que, en tu caso, ha habido usura en la contratación de tu préstamo o crédito, escríbenos ahora a través del formulario de www.lexdigo.com y resolvemos tus dudas.

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