CONCILIACIÓN

Un paso más cerca de la conciliación.

Hemos estado luchando por conseguir compatibilizar la vida profesional y la vida personal y familiar pero siempre ha sido un sueño frustrado, es verdaderamente imposible sin alguna modificación o ley que apoye dicho movimiento. Además, en estas fechas aún es más necesario poder estar con nuestra gente, con nuestras personas especiales.

Hace 2 semanas estábamos viendo que el Consejo General de la Abogacía manifestaba su profundo lamento por los constantes retrasos en la tramitación de las leyes de eficiencia, que como consecuencia iban a impedir al Ministerio de Justicia y los grupos parlamentarios establecer la Navidad en 2022 como inhábil a efectos procesales, pero parece que esto ha cambiado, ya era hora.

Una modificación a la LOPJ que hace la conciliación posible

Los grupos del gobierno de PSOE y Unidas Podemos han propuesto la posibilidad de declarar inhábil el periodo de las Navidades;
entre los días 24 de diciembre y 6 de enero de cada año judicial y
la iniciativa ha sido empujada por Pilar Llop, la ministra de Justicia.

“Se modifican los artículos 182 y 183 para establecer la inhabilidad procesal del periodo que media entre los días 24 de diciembre y 6 de enero de cada año judicial con el fin de compatibilizar los principios de seguridad jurídica, el derecho de defensa y los derechos de los y las profesionales que se relacionan con la Administración de Justicia, concretamente, el derecho al descanso y a la conciliación de la vida personal, familiar y laboral en dicho periodo”.

La modificación se abarca en el artículo 183, cuya redacción aumentará la inhabilitación a «todos los días desde el 24 de diciembre hasta el 6 de enero del año siguiente, ambos inclusive, para todas las actuaciones judiciales, excepto las que se declaren urgentes por las leyes procesales», además de todo el mes de agosto.

Además, también le toca al primer apartado del artículo 182 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, de manera quedan incluidas las fechas festivas igual que «los sábados y domingos, los días de fiesta nacional y los festivos a efectos laborales en la respectiva comunidad autónoma o localidad».

Es bastante posible que entre en vigor para este año. ¡Crucemos los dedos, nos lo merecemos! ???⚡

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